«Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas destinadas a financiar las altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en lo sucesivo RETA).
Personas beneficiarias
a) Que hayan comenzado su actividad empresarial entre el 1 de mayo de 2017 y la fecha de presentación de la solicitud. Se entenderá como comienzo efectivo de la actividad la fecha de alta de la primera actividad (la más antigua) que figure en el certificado de Situación Censal.
b) Que el inicio de esta primera actividad genere una nueva alta en el RETA. En caso de CB, SC y personas jurídicas, la nueva alta en el RETA debe ser de la persona administradora o de una de ellas. En ningún caso se aceptarán altas en mutualidades profesionales o similares.
c) La fecha de efectos de alta en el RETA debe ser simultánea a la fecha de alta del Certificado de Situación Censal y no distar de dicha fecha en más de un mes.
d) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos 6 meses.
e) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención esté empadronada en la ciudad de València en los tres meses previos a la fecha de alta en el RETA.
f) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social, y no tenga deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
g) Que, desde el inicio de la actividad, el domicilio social, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València.
h) En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse una persona representante apoderada, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes. Asimismo, y en los términos previstos en el artículo 11.3 LGS, la agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que trascurra el plazo de prescripción a que hacen referencia los artículos 39 y 65 LGS. Así mismo, en caso de concesión de la ayuda, la resolución contendrá los porcentajes de participación de las personas integrantes en la entidad beneficiaria, en función de los cuales participarán en los derechos y obligaciones derivados del otorgamiento de la ayuda.
i) No haber sido persona beneficiaria de las Ayudas Municipales a las iniciativas empresariales en 2015, de las Ayudas València Activa Emprén en 2016 y 2017, o las Ayudas València Activa Crea 2017 y 2018.
j) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
k) Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
l) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social.
2 Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro. También queda excluido el personal autónomo colaborador.
Acciones subvencionables y cuantía de las ayudas
– haber permanecido inscrita como demandante de empleo durante 360 días en los 540 días (18 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de alta en el RETA. Esta situación se acreditará mediante la presentación del certificado de periodos de inscripción.
– hasta 30 años a la fecha del alta en el RETA
– a partir de 45 años a la fecha del alta en el RETA
– que puedan acreditar un grado de discapacidad de al menos el 33%
– mujer
Concurrencia con otras subvenciones
c.1) cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas.
c.2) cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
En ningún caso, las ayudas podrán superar el importe máximo total de ayuda de minimis, actualmente establecido en 200.000 euros durante un período de tres ejercicios fiscales para una misma empresa, ni individualmente, ni como resultado de la acumulación con otras ayudas de minimis concedidas a la misma empresa, conforme establece el Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión, o con otro tipo de ayudas sujetas a las reglas comunitarias de ayudas de Estado.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende por “empresa” cualquier entidad que ejerza una actividad económica, con independencia de su naturaleza jurídica y de su modo de financiación.
Plazo de presentación de solicitudes, subsanación y cumplimiento de trámites
1 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
2 Una vez revisadas las solicitudes presentadas, y en virtud de la concurrencia competitiva, si resulta agotado el crédito disponible con las solicitudes completas, se procederá directamente a la fase de resolución de la convocatoria.
3 En caso contrario, se hará pública en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento <valencia.es> la lista provisional de solicitudes admitidas con documentación completa, admitidas con documentación incompleta y excluidas (con indicación, en cada caso, de los motivos de exclusión), abriéndose un plazo de 10 días a contar desde el día siguiente al de la publicación, para que las personas interesadas subsanen la falta de documentación, teniéndolas por desistidas de su solicitud si no lo hiciesen, y para que se presenten las alegaciones que se estimen oportunas. En caso de subsanación de documentación, se considerará como fecha de registro de entrada la de la última presentación de documentación relativa a la solicitud.»
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