En el año 2015, la base mínima de cotización se fija en 884,40 euros, lo que supone una subida del 1% respecto a 2014, mientras que la base máxima asciende a 3.606,00 euros, con una subida de sólo el 0,25%
De esta forma, la cuota de autónomos de 2015 para la base mínima de cotización es 264,44 euros mensuales.
También hay incremento en la base mínima de cotización los autónomos societarios (administradores sociales y socios trabajadores incluidos en el RETA), tengan o no trabajadores en sus sociedades. Se entiende como como autónomos societarios a «quienes ejerzan funciones de dirección y gerencia que conlleven el desempeño del cargo de consejero o administrador o que presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella».
Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la tercera parte del capital social, la cuarta parte si desempeña funciones de gerencia o la mitad si está en posesión de familiares directos (segundo grado de consanguinidad). No obstante, estarán excluidos aquellos que causen alta inicial en el RETA, durante los 12 primeros meses de su actividad, a contar desde la fecha de efectos de dicha alta.
En este caso la cuota es de 315,97 euros al mes, la base mínima de cotización es 1.056,76 euros.
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