TC: INCONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA A TODO EL TERRITORIO NACIONAL
El Tribunal Constitucional con fecha de 11 de mayo de 2017, se ha pronunciado sobre la inconstitucionalidad del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
El Tribunal Constitucional (TC) ya resolvió la inconstitucionalidad IIVTNU de Gipuzkoa, cuando en la transmisión de un inmueble se hubiera vendido con pérdidas.
La resolución del pasado febrero facilitaba el camino para la presentación de recursos y reclamaciones en aras de recuperar las cantidades abonadas indebidamente por este impuesto municipal.
Con la sentencia de la semana pasada, que todavía no ha si- do publicada, el Tribunal Constitucional extiende esta doctrina a todo el territorio nacional.
El TC no especifica en el contenido de ninguna de las sentencias cuál es el medio oportuno para demostrar que no existió plusvalía en su operación.
No obstante, cabe destacar el criterio establecido en sentencias del TSJ de la Comunidad Valenciana, de finales del 2016, que con las escrituras de compra y venta del bien se justifica de manera suficiente que existen pérdidas.
Como de costumbre, quedamos a su disposición para aclarar o ampliar cualquiera de los puntos comentados con anterioridad.
Sin otro particular y aprovechando la ocasión para saludarles
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