TRES SUBVENCIONES
CONSELLERIA DE ECONOMIA, INDUSTRIA,
TURISMO Y EMPLEO
PUBLICADO EN EL DOCV : 27/01/2015
Es objeto de la presente orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2014, en materia de comercio y artesanía, destinadas a incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes, mediante las líneas Comerç Innova, Continuïtat Empresarial y Artesanía.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios los empresarios individuales y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como Pymes, que:
1) Estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) debidamente actualizado y expedido por la Generalitat. (para las ayudas de ARTESANIA)
2) Los que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunidad Valenciana, en alguna de las siguientes actividades de la División 6 del Impuesto de Actividades Económicas. ( para las ayudas COMERCIO INNOVA y CONTINUIDAD EMPRESARIAL)
2.a) Grupos 613,614 y 615.
De la agrupación 61 se excluyen los Grupos:
613-Comercio al por mayor de textiles,confección,calzado y artículos de cuero.
614-Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, de perfumería y para el mantenimiento y funcionamiento del hogar.
615-Comercio al por mayor de artículos de consumo duradero.
excepto los epígrafes.
614.1-Comercio al por mayor de productos farmacéuticos y medicamentos
614.4-Comercio al por mayor de productos zoosanitarios.
615.1-Comercio al por mayor de vehículos, motocicletas, bicicletas y sus accesorios
615.5-Comercio al por mayor de obras de arte y antigüedades.
2.b) Todos los grupos de la Agrupación 64 Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.
excepto
646-Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador.
647.5-Suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras.
2.c)Todos los grupos de la Agrupación 65 comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
excepto
654-Comercio al por menor de vehiculos terrestres, aernoaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas de cambio.
655-Comercio al por menos de combustibles, carburantes y lubricantes.
652.1-Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal.
* En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.
* A los efectos de esta convocatoria se considerarán apoyables los establecimientos comerciales que, estén ubicados y tengan acceso al público al menos en planta baja.
Se exceptúan de esta obligación los ubicados en mercados municipales o galerías comerciales.
PLAZO: TREINTA DÍAS HÁBILES DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
SUBVENCIÓN- COMERCIO INNOVA
SUBVENCIÓN- CONTINUIDAD EMPRESARIAL
SUBVENCIÓN- ARTESANÍA
A su disposición en el despacho Asesores mercantiles M&B para detallar las tres subvenciones , realizar la solicitud y contestar requerimientos hasta su resolución.
Recuerden SÓLO 30 DÍAS HÁBILES desde la fecha de publicación.
Este sitio web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento.